Los casos de pornografía infantil en la red crecen un 1000 por cien

Es la cifra que dijeron el otro día en las noticias de la sexta que había crecido la pornografía infantil, un 1000%. Sí, no es un error tipográfico: mil por cien. Profesores, policías, pediatras, abogados, médicos, ingenieros, arquitectos, empresarios, etc., no parece que haya un perfil claro. Lo único en lo que coinciden el 90% de los involucrados en estos casos es que son hombres. ¿Nos estamos volviendo locos? ¿Es que, de verdad, aquellos de estos que estén consumiendo este tipo de “producto” piensan que no van a ser cazados? ¿Tan poco inteligentes son? Si por lo que parece están tan preparados profesionalmente ¿por qué infravaloran y dudan del trabajo de los profesionales que quieren ponerlos a buen recaudo? Por otro lado, ¿qué estamos haciendo tan mal para que estas cifras crezcan de forma tan alarmante?

Hay muchas cosas que se pueden hacer para cazar a estos tipos. Somos capaces de poner trampas. La red esconde a los “malos” pero también sirve para esconder a los “buenos” que quieren desenmascarar a estos individuos. ¿Acaso creen que lo que hacen no está tan mal? La pornografía infantil existe porque hay quien está dispuesto a pagar por ella. Podría decirse que es incluso peor el comportamiento de quien cobardemente consume estos contenidos protegido por una pantalla de ordenador, que aquel que los produce. Soy un convencido de que la Red es el mayor vehículo de libertad que ha inventado el hombre pero a veces me pregunto, después de oír noticias como esta, si el precio que tenemos que pagar no es demasiado alto. Desde estas líneas quiero lanzar un grito contra toda esa gente, mayoritariamente hombres, que a la luz de un flexo y por la noche se convierten en cómplices y autores de tan execrables delitos.

Un modelo de seguridad se conforma a través de distintos tipos de salvaguardas. En mi opinión, las mejores son sin duda las medidas de disuasión, porque evitan el problema desde su origen. Pues bien, si esta pequeña entrada en este blog sirve algún día para disuadir a alguien, bienvenido sea. Lo que es seguro es que los que se metan en este tipo de “líos” van a acabar a buen recaudo y de esto no tengo la menor duda ya que todos estamos manos a la obra y en este caso, el primero, el propio legislador.

A nivel internacional, la Convención de las Naciones Unidas sobre los Derechos del Niño, ratificada por España por Instrumento de 30 de noviembre de 1990, comprometió a los Estados firmantes en el cumplimiento efectivo de tales derechos.

La Unión Europea, por su parte, ha aprobado a lo largo del tiempo diferentes instrumentos jurídicos dirigidos a propiciar una mayor seguridad en la utilización de Internet y las nuevas tecnologías mediante la lucha contra los contenidos ilícitos y nocivos, principalmente en el ámbito de la protección de las personas menores de edad, con el fin de crear un entorno de utilización más seguro, que impida un uso inadecuado o ilícito, especialmente en el caso de los delitos contra las personas menores, del tráfico de seres humanos o de la difusión de ideas racistas o xenófobas.

De hecho ya en el año 2000, concretamente en la Decisión del Consejo, de 29 de mayo de 2000, relativa a la lucha contra la pornografía infantil en Internet estableció la necesidad de que los Estados miembros adoptarán medidas con el fin de:

  • alentar a los usuarios de Internet a indicar a las autoridades represivas los casos de presunta difusión de material pornográfico infantil en Internet;
  • garantizar que las infracciones cometidas sean investigadas y sancionadas, gracias a la creación de unidades especializadas, por ejemplo en los servicios represivos;
  • garantizar la rápida reacción de las autoridades represivas cuando reciben información sobre presuntos casos de producción, tratamiento, difusión y posesión de material pornográfico infantil.

Además, también se estableció que los Estados miembros deberían comprobar regularmente si la evolución tecnológica exige la modificación de su procedimiento penal en el ámbito de la lucha contra la pornografía infantil en Internet, y, para facilitar la colaboración entre los Estados, se difundiría una lista de puntos de contacto nacionales, disponibles las 24 horas del día, y de unidades especializadas, debiéndose informar a Europol de los presuntos casos de pornografía infantil y organizándose reuniones entre los servicios especializados nacionales.

Posteriormente en la “Decisión Marco 2004/68/JAI” del Consejo, de 22 de diciembre de 2003, relativa a la lucha contra la explotación sexual de los niños y la pornografía infantil se establecían claramente cuáles eran los comportamientos punibles que constituyen una “infracción relacionada con la pornografía infantil”, se realicen mediante sistemas informáticos o no:

  • producción de pornografía infantil;
  • distribución, difusión o transmisión de pornografía infantil;
  • ofrecimiento o facilitación por cualquier otro medio material de pornografía infantil;
  • adquisición o posesión de material de pornografía infantil.

También en esta decisión marco se establecían que las sanciones penales previstas por cada Estado deberían incluir una pena privativa de libertad de al menos entre uno y tres años. En los casos de determinadas infracciones con circunstancias agravantes dicha pena tendrá una duración de al menos cinco a diez años. La Decisión Marco proporciona una lista de circunstancias agravantes, sin perjuicio de otras circunstancias establecidas en la legislación nacional cuando:

  • la víctima sea un niño que no haya alcanzado la edad del consentimiento sexual según el Derecho nacional;
  • el autor haya puesto en peligro de forma deliberada o por imprudencia temeraria la vida del niño;
  • la infracción se haya cometido empleando violencia grave contra el niño o causándole un daño grave;
  • la infracción se haya cometido en el marco de una organización delictiva según la definición de la Acción Común 98/733/JAI.

La Constitución Española establece en su artículo 39, como uno de los principios rectores de la política social y económica, la protección a la familia y a la infancia, llamando a los poderes públicos a asegurar la protección integral de las hijas y los hijos y afirmando que «los niños gozarán de la protección prevista en los acuerdos internacionales que velan por sus derechos».

En este sentido, este mismo año España ha traspuesto la Decisión Marco 2004/68/JAI mediante la publicación de la Ley Orgánica 5/2010, de 22 de junio, por la que se modifica la Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal que, fundamentalmente en las modificaciones de sus artículos 183 y 189, establece lo recogido en la normativa europea.

Son, por tanto, numerosos, los instrumentos que tenemos para luchar contra este efecto indeseado de la red de redes. Lo que tenemos que conseguir es aplicarlos en toda su extensión y aislar a esos individuos que hacen de Internet un vehículo para la comisión de estos delitos.

Nosotros vamos a seguir trabajando activamente por la seguridad de los más pequeños en la red y estaremos encantados de colaborar en cuantas iniciativas y medidas se lancen en esta dirección. Estoy seguro de que entre todos conseguiremos reducir al máximo este problema con el fin de hablar de cifras de reducción del 1000 por cien en lugar del aumento equivalente.

Comments

  1. No te asustes, no han aumentado un mil por cien. Es la excusa que estan usando para colarnos el ACTA.

  2. Estimado pinger, lamentablemente dudo que sea una excusa y no me asusto, simplemente alucino. Como bien sabes ACTA (Anti-Counterfeiting Trade Agreement) es, fundamentalmente, un tema de derechos de autor sobre el que tengo mi propia opinión y del que podemos hablar en otro momento. En esta entrada no hemos querido valorar si es o no lícita la vigilancia de Internet por temas relacionados con la propiedad intelectual o los derechos de los autores o incluso de los intermediarios. Simplemente nos hacemos eco de una noticia preocupante que, por desgracia, es cierta en su tendencia. Si es un mil por cien o un cien por cien la verdad es que no voy a entrar en una guerra de cifras sin datos en la mano más que los citados de una noticia en una cadena de televisión. En cualquier caso seguro que estarás de acuerdo conmigo en que aunque solo sea un mísero uno por cien lo que se incrementa esta cifra, es para echarse las manos a la cabeza, ¿o no? Un cordial saludo

Trackbacks

  1. […] This post was mentioned on Twitter by Security Art Work and hackplayers, mmorenog. mmorenog said: RT @Securityartwork: José Rosell abre la semana con un post sobre la pornografia infantil en la red: http://bit.ly/cNo7xi […]