Google no es siempre evil (o la ignorancia del redactor)

Hace unos minutos leía en elEconomista.es la siguiente información relacionada con Google Street View y los datos captados por los coches (se han corregido los errores tipográficos, abundantes al parecer por las intempestivas horas). El primer párrafo es introductorio, lo interesante son los otros dos (la negrita es del original, la cursiva mía):

La Agencia ha verificado que Google ha grabado, entre otros, direcciones de correo electrónico —con nombre y apellidos—, mensajes privados asociados a dichas cuentas y servicios de mensajería, o códigos de usuario y contraseñas. Google no lo tiene fácil, porque tiene todas las pruebas en su contra.

El contrato firmado entre el buscador y Eurovendex, una filial de la empresa de trabajo temporal Adecco, para reclutar a los trabajadores que grabarían las calles, destapa la recogida y almacenamiento de información confidencial. En una de las cláusulas, y después de que las dos compañías reconozcan que van a grabar dicha información se establece, por ejemplo, que “Eurovendex se compromete a guardar la más estricta confidencialidad respecto de los datos personales que obtenga como consecuencia de la realización de los trabajos del presente contrato, así como de la veracidad de los mismos“.

[…]

Pero Eurovendex no es la única que firmó este tipo de cláusulas. Los propios conductores de los coches que llevaban las cámaras y que usaban las redes WiFi tenían exigencias parecidas en sus contratos personales. En uno de ellos, uno de los empleados deja firmado, por ejemplo, que “reconozco que Google ha recibido y recibirá en el futuro de terceras partes su información confidencial (…). Me comprometo a manejar esa información en la más estricta confidencialidad y no desvelarla a firma, persona o compañía alguna, ni utilizarla excepto en lo necesario para llevar a cabo mi trabajo para el cliente“. Los datos recogidos incluían información de identificación personal, con nombres, direcciones y teléfonos.

A estas horas de la mañana intentaré ser muy breve. No sé si Google recogió accidental o intencionadamente datos de carácter personal mientras captaba las fotografías que posteriormente utiliza en su servicio Google Street View, aunque a pesar de lo defendido por Google todo apunta a que fue más intencionado que accidental. Sea como sea, dejando ese tema aparte lo que me gustaría poner de manifiesto es la completa ignorancia del redactor en materia de confidencialidad de la información, o la mala fe que demuestra al recoger los dos párrafos anteriores como pruebas de una captación malintencionada de datos de carácter personal de los usuarios, y relacionarlos con el primer párrafo. Personalmente, en base a anteriores evidencias, me inclino más por la ignorancia y el desconocimiento; quizá al redactor le gustaría que Google, en lugar de intentar mantener la confidencialidad de la información que trata, la publicase en Internet libremente. Habría que ver en ese caso de qué acusaba el redactor a Google.

En realidad, las cláusulas anteriores son simplemente cláusulas estándar de confidencialidad de la información. La primera de ellas, en el segundo párrafo, no hace otra cosa que obligar al prestador del servicio (Eurovendex) a guardar secreto respecto de los datos de carácter personal a los que tenga acceso durante el trabajo, y se corresponden con lo establecido en el artículo 83 del RDLOPD, dado que el personal de Eurovendex únicamente grabaría las calles y por tanto podríamos considerar que no se trata de un Encargado del Tratamiento (la negrita es mía):

Artículo 83. Prestaciones de servicios sin acceso a datos personales.

El responsable del fichero o tratamiento adoptará las medidas adecuadas para limitar el acceso del personal a datos personales, a los soportes que los contengan o a los recursos del sistema de información, para la realización de trabajos que no impliquen el tratamiento de datos personales.

Cuando se trate de personal ajeno, el contrato de prestación de servicios recogerá expresamente la prohibición de acceder a los datos personales y la obligación de secreto respecto a los datos que el personal hubiera podido conocer con motivo de la prestación del servicio.

Estos datos, lejos de referirse a aquellos que Google captó, no son otros que los de los interlocutores y personal implicado en la realización de los trabajos. Así que sí, se trata de recogida y almacenamiento de información confidencial, pero del mismo tipo que realiza cualquier empresa cuando trabaja con un proveedor; nada fuera de lo común ni por supuesto “oculto”.

El último párrafo es más de lo mismo. Una cláusula estándar de confidencialidad y deber de secreto (Non Disclosure Agreement) para los conductores de los coches, simplemente; yo mismo firmé una cláusula similar al entrar en S2 Grupo. Lo único que hace esa cláusula es obligar al trabajador a guardar confidencialidad respecto a la información a la que tiene acceso durante su trabajo, ya sean datos de carácter personal o corporativos; la norma ISO 27002 recoge este aspecto en el dominio de control “Organización de la Seguridad de la Información”, y cualquier empresa debería hacer firmar a sus trabajadores una cláusula similar.

Acabo. Google dejó hace mucho tiempo atrás el Don’t be evil con el que se dio a conocer, y es evidente que sus intereses entran en conflicto con la legislación europea en materia de protección de datos, y sus acciones no son todo lo claras que muchos desearíamos. Si siguen este blog desde hace algún tiempo, sabrán que soy particularmente crítico con esta empresa, a pesar de la incoherencia que demuestro al ser un usuario fiel de varios de sus servicios. No obstante, resulta ridículo acusarles de intentar proteger los datos de carácter personal implicados en las relaciones con sus proveedores, o de velar por la confidencialidad de la información que utilizan o poseen, que más allá de datos de carácter personal, incluye metodologías, productos, tecnología y otros elementos muy valiosos. En realidad, lejos de poder utilizarse para acusarles de algo, los dos párrafos comentados son dos puntos claros a favor del buscador, que demuestran que se preocupa por la protección de la información, independientemente de su naturaleza, aspecto que muchas organizaciones deberían tener en cuenta.

Creo que al final no he sido tan breve.

Comments

  1. Yo lo único que se, es que hoy mismmo (y despues de 1 año, 1 mes y 14 días) me acaban de anunciar que mi trabajo, en el que había sido seleccionado el día 2 de enero de 2010, para ejercer como conductor de uno de los coches de Google Street View…queda anulado. Se procede a la no contratación de dicho personal para la realización del servicio en dos de las siete Islas Canarias.
    Al margen de esto me advierten de que dos personas, supuestamente ya contratadas para trabajos similares anteriormente en península, se encargarán de “repasar” ciertas zonas peatonales de las islas de Tenerife y Gran Canaria, utilizando la herramienta “Google Trike” (las bicicletas de Street View). Siendo éstos los que, si en un futuro se procede a la realización del servicio en las demás islas, serán contratados para utilizar los coches y realizar dicho trabajo. Sin contar con la gente que tanto hemos luchado por el puesto, y con tantas ganas hemos esperado el momento, siendo también “víctimas” de los juicios en contra de esta empresa. Hablo de haber rechazado otros trabajos por “compromiso” con éste, puesto que desde un principio (desde el 2 de enero de 2010, como lo oyen) se me dijo que el trabajo empezaría en Marzo o Abril de dicho año. Dejé mi trabajo cuando se acercaba el momento, ya que vivo en Madrid y debía trasladarme a una de las islas para comenzar con Street View. Se me empezó a decir que Street View quedaba paralizado, ordenándolo la planta de Google desde Madrid, pero curiosamente al preguntar a Eurovendex (los que me contrataban) me decían que “no sabían porqué). Al tiempo me di cuenta de los juicios en los que Google estaba metido, y en una de las llamadas a “mi contacto” le pregunté si era por este motivo por el cual habían para el servicio. Se me responde que no sabían nada de juicios ni nada de eso, pero casualmente también, en la siguiente llamada unos 15 días después (he estado llamando cada 2 semanas como ya imaginarán todos, puesto que me preocupaba por mi trabajo) me dicen que “claro, como no sabemos cuándo van a salir los juicios, no sabremos cuándo empezará el servicio” (a partir de ese momento lo de los juicios ya era como de lo mas normal y se daba por hecho que era la razón de la paralización del servicio, increible).
    Bueno y miles de historias mas que no voy a contar, porque estoy sinceramente indignado, además de desmoronado.

    Solo quiero mostrarles mi mas sincero ENFADO y advertirles de la escasa seriedad que tiene, al menos, la empresa que contrata el personal de Google Street View, que como bien pone aquí arriba, recibe el nombre de EUROVENDEX. Y si mi enfado es culpa de Google, que asuma también sus responsabilidades, ya que están jugando con personas, y eso, muy señores mios, no es ni de casualidad, una muestra de compromiso ni seriedad alguna.

    Gracias a quien lo haya leído, y espero que lo hayan entendido. Así mismo me gustaría, si alguien cree que pudiera hacer algo con mi caso (me refiero a conseguir el puesto que ya tenía y me arrebataron gratuitamente, no pido nada más, que el trabajo que se me había prometido) me gustaría que me lo hiciera saber, ya que desconozco totalmente si tengo en mis manos algo que poder hacer.

    Muchas gracias, de verdad, y saludos a todos.

    Pablo.