Cómo gestionar las brechas de seguridad según el nuevo reglamento de protección de datos

Una de las novedades más importantes a mi juicio que contiene el Reglamento Europeo de Protección de Datos radica en la obligatoriedad de notificar las brechas o fugas de seguridad tanto a las Autoridades de Control como a los usuarios o afectados.

Esto significa que ante una fuga de datos, el responsable del tratamiento está obligado a notificar la brecha de seguridad a la autoridad de control competente. Se deben notificar las incidencias de seguridad que impliquen una violación de datos personales sin demora injustificada y, de ser posible, a más tardar 72 horas después de que haya tenido constancia de ella.

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