Hoy martes traemos una entrada de Salvador Silvestre, de la firma Rocabert & Grau Abogados, bufete que ya ha colaborado anteriormente en Security Art Work.
Entre otras cosas, Salvador es postgrado en el Programa Superior en Derecho de las Telecomunicaciones, Sistemas Audiovisuales y Nuevas Tecnologías del Instituto de Empresa y experto en servicios de e-Administración acreditado por el Consejo General de la Abogacía Española. Asimismo, es Director del Departamento de Derecho Tecnológico, donde imparte cursos y conferencias sobre la materia en foros de relevancia como la Fundación de Estudios Bursátiles y Financieros, Puertos del Estado, universidades públicas, e importantes empresas multinacionales. Esperemos que les guste la entrada.
Cada vez utilizamos menos los documentos en soporte papel, de hecho, la mayoría de documentos en papel que utilizamos “nacen” primero en formato electrónico y luego los imprimimos y firmamos. Me pregunto si le daríamos validez a un documento en soporte papel que no estuviera firmado…
Vayamos ahora a un entorno electrónico. La validez de un documento electrónico, en general, dependerá de si va firmado con firma electrónica avanzada basada en certificado reconocido cumpliéndose los requisitos de la Ley de Firma Electrónica, de forma que no puedan impugnar su validez. Es decir, que sea auténtico, íntegro y esté disponible. Y ello porque con los documentos lo que se pretende es proporcionar pruebas de su contenido para exigir responsabilidades o cumplir con derechos.