Hoy un cliente me preguntaba sobre posibles medidas a implantar para evitar la fuga de información corporativa, y me apuntaba a la utilización de DRM (Digital Rights Management) y DLP (Data Loss Prevention) para controlar el flujo de información, sobre lo que además tal y como me indicaba no hemos escrito nada en el blog. Me comprometo ya mismo a escribir sobre ello en las próximas semanas (si no pueden esperar hasta entonces, sobre DLP la gente de Websense tiene un PDF bastante detallado en este enlace), pero en cualquier caso, es pertinente comentar unos puntos básicos al respecto de estas tecnologías:
- Este tipo de soluciones suelen tener un coste de adquisición e implantación no despreciable, si se pretende obtener una buena efectividad.
- Además del coste económico implícito, el mantenimiento y gestión de estos sistemas y la información que generan requiere su tiempo, que puede ser significativo y que al final se traslada en un mayor coste.
- Estos sistemas no son infalibles 100%; aunque limitan mucho la gestión no autorizada de información, no son la panacea ni hay que olvidar el resto de medidas (que incluyo en la segunda parte de esta entrada).
- Finalmente, estos sistemas introducen restricciones al flujo de información que pueden generar un torrente de quejas entre el personal, que el Departamento de Informática debe estar listo para asumir y gestionar; dicho de otra forma, es bueno que la organización sea consciente de qué está implantando y que Dirección ofrezca todo su respaldo… para poder utilizarla de escudo en caso de apedreamiento público.
Teniendo estos puntos en cuenta, es lógico que algunas organizaciones decidan llevar a cabo la implantación de DRM/DLP, por las indudables ventajas que aportan al control de la información que fluye por la organización. No obstante, sin que sirva de comparación o contrapartida, dejando de lado sistemas específicos, mis recomendaciones (bastante más baratas, por otro lado) son las siguientes:
- Disponer de normativas internas que especifiquen las funciones y obligaciones del personal, y de contratos de confidencialidad firmados con los empleados, que garanticen un respaldo legal en caso de robo “evidente” de información (el problema es que a veces no tiene nada de evidente).
- Implantación de controles técnicos que eviten que una persona pueda acceder a recursos y documentación a la que no debería tener acceso.
- Seguir la regla del need-to-know, y que a cada usuario se le otorgue acceso exclusivamente a lo que necesita para su trabajo, y no más que eso.
- Definir niveles de confidencialidad que establezcan de manera incremental los controles necesarios para el acceso a los recursos.
- Por último, pero casi lo más importante, concienciar a los usuarios sobre el buen uso de la información corporativa; quizá compartir el identificador de usuario con “el nuevo” que acaba de llegar y todavía no tiene acceso no sea tan buena idea, después de todo.
Todas estas medidas forman parte de un SGSI implantado y bien gestionado, que añade muchas más. Una opción alternativa es establecer restricciones a aquellos medios que pueden ser utilizados para la extracción de información, como son el acceso a Internet, los puertos USB y las grabadoras de CD/DVD, pero es algo para lo que también hay que estar (muy) preparado.
En definitiva, mi opinión es que una solución DLP/DRM es útil cuando se ha alcanzado un buen nivel de madurez en la gestión de la seguridad de la organización; hacerlo antes implica muy probablemente una implantación ineficaz que no (a)traiga más que problemas. ¿Cuál es su opinión al respecto?